Información de contacto:
Dirección: Calle Caracas, 23. Bajo. 28010, Madrid.
Horario de atención al público: 10:00 a 14:00
Todos los trámites son con cita previa
Teléfono: 915765001
Correo electrónico: conpanamamadrid@mire.gob.pa
La Sección Consular de nuestra Embajada brinda asistencia a aquellos panameños que residen de manera permanente en el Reino de España o que se encuentren en tránsito por su territorio.
Para la atención en la Sección Consular es indispensable solicitar CITA PREVIA enviando un correo electrónico a: conpanamamadrid@mire.gob.pa
Todos los panameños que van a residir en España por más de 6 meses deben inscribirse en el Consulado más cercano que le corresponde a su jurisdicción.
La Embajada no expide cédulas ni pasaportes por primera vez.
Para trámites relacionados con licencias de conducir panameñas, consulte en: https://www.sertracen.com.pa/
REQUISITOS MIGRATORIOS DE ENTRADA A PANAMÁ PARA EXTRANJEROS: (Favor, consulte en la sección de Noticias para actualizaciones de requisitos sanitarios de viaje a Panamá).
1. Billete aéreo de entrada y salida por un período máximo de 90 días. En el caso de nacionales de Venezuela, Cuba, República Dominicana, China e India, el período máximo es de 30 días.
2. Pasaporte que no caduque en menos de 3 meses al momento de entrar a Panamá.
3. Solvencia económica: Llevar más de $500,00 dólares americanos (en efectivo) o una carta bancaria debidamente sellada y firmada por su entidad que acredite que cuenta con más de 500,00 euros en su cuenta. No es permitido llevar extractos bancarios, ni saldo de tarjetas de crédito, ya que no son admitidos como solvencia económica. Este requerimiento es por viajero.
4. Algunas nacionalidades requieren visa para entrar a territorio panameño.. En el caso se suprime el requisito de visa para ingresar a Panamá como turista a aquellas personas que posean Visa o Permiso de Residencia de la Unión Europea y los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, Australia, República de Corea, Japón, Reino Unido, Singapur. (Decreto Ejecutivo N.º 521 de 6 de agosto de 2018)
Visa
• La visa debe ser de entrada múltiple, haber sido utilizada previamente en el territorio del Estado otorgante y su vigencia no será inferior a seis (6) meses al momento de ingresar a territorio panameño.
Permiso de residencia
• El permiso de residencia (documento físico oficial, no son válidas prórrogas o notas) que no tenga menos de seis (6) meses para caducar al momento de ingresar a Panamá.
Sr. D. Aaron Medina Aldrete
Cónsul General de Panamá
Calle San Agustín, No.21, 1º Centro
15001 La Coruña
Teléfono: 981-274044
Fax: 981-251542
consulado@consuladodepanama.es
Sr. D. Carlos Emilio Castillo Chanis
Cónsul General de Panamá
Calle de Luis Morote Nº6, piso 6, oficina 4
35007 Las Palmas de Gran Canaria
Teléfono: 928.266071
Fax: 928-266072
Clarocom: 00 507 928 0011
panaconsulcanarias@gmail.com
Sra. Dª. Arline Itzel González Costa
Cónsul General de Panamá en Valencia
Tel.963319335
Avda. del Puerto, 320, 2º
46024 Valencia
consulpanamavalencia@hotmail.com
Sr. Eric Jaramillo
Cónsul General de Panamá
Paseo de Gracia, 20, 4º – 1º
08007 Barcelona
Teléfono: 93-3020073
Fax: 93-3026350
panamaenbarcelona@gmail.com
Sr. D. Jaime Eduardo Ingram Hirsch
Cónsul Honorario de Panamá en Algeciras
Calle Bailén Nº2 – 1º A y B 11201 – Algeciras – Cádiz
Tel: 670630123
jaimeeingram@gmail.com
Sr. D. Francisco José Gandullo Guerra
Cónsul Honorario de Panamá en Sevilla
Avenida República de Argentina, 13. accesorio B.
41001, Sevilla.
Tel: 954990031
Fax: 954281340
consuladodepanama-sevilla@lloabogados.com
Sr. D. Benet Rovira Blanch
Cónsul Honorario de Panamá en Gerona
Calle dels Sarriera, 17
17003 Gerona
brovira@cr89.es