El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica una orden del Ministerio del Interior que flexibiliza los requisitos sanitarios de entrada a España para viajeros procedentes de países extracomunitarios, que desde el 21 de mayo de 2022, podrán mostrar un certificado de vacunación, de recuperación o un certificado de diagnóstico negativo en los controles de entrada al país, equiparándose a los turistas de países extracomunitarios las mismas condiciones exigidas a los ciudadanos de la Unión Europea y países asociados Schengen.
Según la orden publicada en el BOE, los viajeros que entren en España por las fronteras aéreas o marítimas, sea cual sea su lugar de origen, deberán estar provistas de alguno de estos tres certificados:
Los menores de 12 años estarán exentos de presentar ningún tipo de certificado. Además, los pasajeros que lleguen por vía marítima, así como los que lleguen a los aeropuertos provistos de un Certificado Covid Digital de la UE o reconocido como equivalente por la Comisión Europea, no tendrán que cumplimentar el Formulario de Control Sanitario SPTH.